CTESIBIO Y LA PRESION TRIBUTARIA

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Jorge Bravo Cucci

Hace más de dos mil doscientos años, Ctesibio –con muy poca tecnología, pero mucha inteligencia- descubría las propiedades del aire comprimido, y sentaba las bases de la neumática. A él se le atribuye la construcción de la primera bomba neumática, cuyo diseño y principios se mantienen vigentes aún en nuestros días. Este genio griego descubrió que el aire es un fluido gaseoso y que si se le comprime, mantiene esta compresión y devuelve la energía acumulada cuando se le permite expandirse, ya sea por reducirse la presión, por permitirle una vía controlada de escape, o al vencer el aire comprimido, la resistencia del propio contenedor. De manera similar, ello ocurre con la presión tributaria que ejerce el Estado contra los contribuyentes.

Como es sabido, la presión tributaria es un indicador económico que reporta el porcentaje del PBI que un Estado recauda por concepto de tributos. Se repite como un mantra, que a menor presión tributaria se espera mayor defraudación, y a mayor presión, devienen inexorablemente mejores ratios de cumplimiento tributario. Una óptima presión tributaria, estaría rondado el 35%, y es lo que se percibe en países desarrollados y se espera de los países emergentes. No obstante ello, en países con alta informalidad como es el caso del Perú, éste indicador debe ser analizado con profundidad, dejando de lado la frialdad de los números y cribando en las razones de la baja recaudación. El Perú es un país endémicamente informal; lo ha sido desde su nacimiento como Estado Republicano. Hoy las cifras más conservadoras (INEI), estiman que la informalidad laboral rural bordea el 86% de la Población Económicamente Activa, mientras que la urbana se sitúa en el 66%.  A nivel empresarial, las cifras no son distintas; pocos son lo que soportan la alicaída recaudación tributaria.

¿Cómo incrementar la recaudación tributaria en con contexto como el antes indicado? Las señales que ha dado recientemente el Estado en torno a tal pregunta no han sido halagüeñas, pues mientras el Poder Ejecutivo se encuentra empecinado en implementar medidas anti elusivas (que impacta únicamente al minoritario sector formal que ya tributa), el Congreso ha manifestado que viene trabajando en un proyecto de Ley que derogaría los tres regímenes tributarios aplicables a las MYPE (el RER, RUS y REMYPE), creando en su lugar un único régimen que gravaría la utilidad (ingresos menos gastos) con tasas progresivas acumulativas, como las que se aplican a las personas naturales (formales). En mi opinión, ambas medidas – aun cuando no están coordinadas-, muy probablemente agudicen el problema recaudatorio y generen un ensanchamiento del grupo informal. Y es que el Estado parece no entender que en una economía mayoritariamente informal, el incremento de la presión tributaria debe obtenerse a través de un sostenido trabajo de formalización, en el que las medidas estén orientadas no a la penalización, al rigor formalista, o a sobrecargar de obligaciones a los contribuyentes formales, sino a una simplificación del gravamen y a mecanismos que incentiven la formalización. 

Una mejor opción para las MYPE, sería establecer un régimen tributario sencillo, en el que en lugar de gravarse la utilidad (labor compleja y responsable de los mega litigios que tiene el Estado con las empresas más grandes del país), se graven progresivamente los ingresos mensuales y se permita como única deducción los gastos laborales, para incentivar con ello una formalización indirecta de la fuerza laboral.  Pero conjuntamente con un régimen simple, se deben establecer medidas complementarias que incentiven la formalización, en las que el Estado cambie de rol frente a los pequeños empresarios, y en lugar de aparecer frente a ellos como un mero cobrador, se proyecte como un socio estratégico interesado en su crecimiento.

Presionar sin cuidado un sistema colapsado, generará –como advirtió en su momento el noble Ctesibio- que los recursos que el Estado espera recaudar, terminen fluyendo en direcciones no previstas.

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